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2.4.- Plan de Contingencia
Se denomina Plan de Contingencia (también de recuperación de desastres o de continuación de negocios), a la definición de acciones a realizar, recursos a utilizar y personal a emplear caso de producirse un acontecimiento intencionado o accidental que inutilice o degrade los recursos informáticos o de transmisión de datos de una organización. Es decir, es la determinación precisa del quién, qué, cómo, cuándo y dónde, caso de producirse una anomalía en el sistema de información.

El Plan de Contingencia debe considerar todos los componentes del sistema: Datos críticos, equipo lógico de base, aplicaciones, equipos físicos y de comunicaciones, documentación y personal. Además, debe contemplar también todos los recursos auxiliares, sin los cuales el funcionamiento de los sistemas podría verse seriamente comprometido: suministro de potencia; sistemas de climatización; instalaciones; etc. Finalmente, debe prever también la carencia, por cualquier motivo, de personal calificado para el correcto funcionamiento del sistema.

Se debe destacar, que previo al comienzo del trabajo, se debe obtener el pleno compromiso de los máximos responsables de la organización. Sin su apoyo el fracaso del plan está garantizado.

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